miércoles, 20 de marzo de 2019

Elaboración de programas



4.7 Elaboración de programas

La Ley de la Evaluación del Ambiente para la Comunidad de Madrid nos ofrece una serie de definiciones respecto a lo que en Administración Pública se concibe como un programa y un proyecto. Estos términos son utilizados de manera similar en un nuestro país, por lo que se utilizan como referencia para estos apartados.


https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/en-que-consiste-el-nuevo-modelo-educativo-en-mexico-sentimientos-y-experiencias-ejes-del-modelo-de-aprendizaje-en-mexico-1930407.html

Programa: Documento que establece un marco para posteriores decisiones de autorización, suele ser comprendido por varios proyectos, sus fines y objetivos son de largo plazo y determina prioridades de la acción pública o privada.

Proyectos: Consiste en un conjunto de actividades que se encuentran interrelacionadas y coordinadas. "un proyecto es un esfuerzo temporal que se lleva a cabo para crear un producto, servicio o resultado único". De estos conceptos, se evidencia que la razón de un proyecto es alcanzar resultados o metas específicas dentro de los límites que imponen un presupuesto, calidades establecidas previamente, y un lapso de tiempo previamente definido.


Los programas educativos: por tanto (sean de construcción y aplicación pública y privada), serán documentos en los cuales se expresen objetivos de largo alcance, principalmente relacionados con acciones formativas de los individuos y sociedades.
 

Díaz-Barriga propone el siguiente modelo para la elaboración de un Programa educativo, el cual se divide en cuatro etapas:





·         DETERMINACION DE LOS OBJETIVOS GENERALES.


·         OPERACIONALIZACION DE LOS OBJETIVOS GENERALES


·         ESTRUCTURACION DE LOS OBJETIVOS INTERMEDIOS.


·         EVALUACION DEL PLAN DE ESTUDIOS.




Elaboración de programas

4.7 Elaboración de programas La Ley de la Evaluación del Ambiente para la Comunidad de Madrid nos ofrece una serie de definiciones re...